sí se pueden poner beneficiarios sustitutos en tu póliza de vida, por ejemplo, puedes poner: “beneficiaria mi esposa; en su defecto, mis hijos por partes iguales”, de forma que el cónyuge sea principal y los hijos sustitutos.
Si no sabes como redactarlo, y para evitar conflictos familiares y problemas de cobro aquí tienes una posible redacción de la clausula de beneficiarios: “1.º cónyuge; 2.º hijos; 3.º, en defecto de todos, herederos legales”
¿Sabes las razones por las que es mejor hacer dos pólizas de vida en vez de una?
Yo tampoco lo sabía, hasta que investigando, leyendo y aprendiendo di en la cuenta.
Por ejemplo, si tu seguro de vida es de 200.000€ es mucho mejor hacer dos pólizas de 100.000€ que una de 200.000€.
Esto lo sé por experiencia y conocimientos.
Durante mucho tiempo he querido saberlo todo sobre los seguros de vida.
Pero la mayoría no lo sabe, desconoce los motivos, desgraciadamente muchos compañeros de profesión siguen colocando pólizas en vez de asesorar a clientes.